Abogada de Tráfico de Drogas en Málaga

En España, 7 de cada 10 casos por tráfico de drogas terminan en condena.

Y para que te hagas una idea: la Fiscalía pide de media entre 8 y 10 años de prisión por este delito.

Si yo estuviera en tu lugar, buscaría un abogado especializado cuanto antes.

Soy Miriam Rosales,

Abogada penalista especializada en tráfico de drogas y sus delitos conexos: organización criminal, blanqueo de capitales, armas, etc.

El 90% de los casos que llevo con mi equipo son de este ámbito, lo que nos ha permitido alcanzar un altísimo nivel de especialización y obtener los mejores resultados para nuestros clientes.

Nuestra misión es clara: usar cada fase del procedimiento penal para desmontar la investigación policial y reforzar tu defensa, sea cual sea la situación:

  • Entradas y registros domiciliarios
  • Vigilancias y seguimientos
  • Pinchado de conversaciones y mensajería
  • Aeropuertos, aduanas, puertos
  • Petaqueo
  • Investigaciones transnacionales con varios países involucrados
Contáctame

Defiendo a clientes nacionales y extranjeros en todas las fases del proceso judicial.

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Detención y prisión provisional

  • Te asisto desde el primer momento en la detención y en tu declaración.
  • En este tipo de delitos es probable que la Fiscalía solicite la prisión provisional.
  • Mi función es convencer al juez de que esa medida no es necesaria o de que existen alternativas a la entrada en prisión.
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Investigación

  • Es la fase donde se construye el caso contra ti y donde más margen hay para actuar.
  • Mi misión es desmontar la acusación y tratar de sacarte del procedimiento lo antes posible si es factible.
  • Si el caso sigue adelante, preparo la defensa para el juicio solicitando o impugnando medidas de investigación clave.
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Juicio

  • Es el momento de llevar la defensa a la práctica: impugnar pruebas, desmontar informes policiales, evidenciar vulneraciones de derechos durante la investigación o cuestionar testimonios poco sólidos.
  • También te asesoro sobre las opciones reales, valorando si lo más conveniente es negociar un buen acuerdo con la Fiscalía o pelear el juicio hasta el final.
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Después del juicio

  • La decisión final siempre dependerá del juez.
  • En caso de condena, puedo ayudarte con los recursos en instancias superiores y, si hubiera ingreso en prisión, trabajar en tu defensa dentro del ámbito penitenciario: permisos, beneficios, tercer grado o libertad condicional.

Si quieres que sea tu abogada, sigue estos pasos:

  1. 1.

    Contáctame por teléfono, WhatsApp o email.

  2. 2.

    Analizo tu caso, resuelvo dudas inmediatas y te doy un presupuesto detallado.

  3. 3.

    Si decides contratarme, iniciamos tu defensa de inmediato.

Preguntas frecuentes

No hay un número único, y desconfía de quien te lo dé sin ver tu caso. El artículo 368 del Código Penal marca dos tramos según la sustancia: de 3 a 6 años de prisión para las drogas que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, drogas de síntesis) y de 1 a 3 años para las que no lo causan (cannabis, hachís). Eso es el punto de partida, el tipo básico. A partir de ahí la pena sube si hay agravantes o baja si se aprecia el tipo atenuado. Te explico el marco completo en este artículo.

En la práctica sí. "Narcotráfico" es como llamamos al tráfico de drogas a gran escala, pero legalmente todo entra en el mismo delito contra la salud pública. Lo que cambia tu situación no es la etiqueta, sino la cantidad, tu papel en los hechos y cómo se ha conseguido la prueba. Eso es lo primero que reviso contigo. Este delito se regula en el artículo 368 del Código Penal.

Porque define el tramo de pena desde el primer minuto. La diferencia entre que la sustancia se clasifique como "grave daño a la salud" o no son varios años de tu vida. Por eso una de las primeras cosas que reviso es exactamente cómo se ha clasificado la droga en tu caso y si esa clasificación es correcta. No siempre lo es.

Sobre el tipo básico, el Código Penal prevé agravantes que elevan la pena de forma considerable: la cantidad de notoria importancia, la pertenencia a una organización, ser jefe o encargado de la actividad, o la introducción de droga en centros penitenciarios o educativos. Cuando concurren varias, la pena puede superar ampliamente la del tipo básico. Por eso dos casos que parecen iguales acaban con condenas muy distintas: la diferencia está en los detalles, y ahí es donde trabajo tu defensa.

No todo son agravantes. El propio artículo 368 prevé un tipo atenuado cuando el hecho es de escasa entidad. Según la pena concreta y tus antecedentes, puede valorarse la suspensión de la ejecución, de modo que no siempre implica entrar en prisión. Y hay atenuantes, como la colaboración con la justicia o la drogodependencia, que pueden influir. Cada una de estas vías hay que pelearla, y para eso hay que analizar tu caso desde el principio.

Sí. En la práctica, cuando recibes una citación por un "delito contra la salud pública", normalmente se trata de un procedimiento por tráfico de drogas. Si no estás seguro de por qué te citan, lo más recomendable es que me contactes de inmediato para esclarecer si estás siendo investigado.

Cada caso es distinto, por lo que el precio final debe ajustarse a la complejidad del caso y a la fase o fases del procedimiento en el que necesites mis servicios. Siempre sabrás el precio de mis honorarios por adelantado, sin sorpresas. Así pagas solo por el trabajo que realmente necesites y a medida que avance el proceso.

No. Aunque mi sede está en la Costa del Sol, actúo en toda España y colaboro en casos internacionales junto a abogados de otros países.

Sí. Puedes hacerlo en cualquier momento. Yo me encargo de todo el trámite con tu abogado actual para que el cambio sea ágil y sin complicaciones.